Taxes al desempleo para empleado y trabajador independiente
Los compromisos que empleador y empleado asumen en el ámbito tributario son de mucha transparencia y es conveniente conocer a cabalidad todos los procesos para evitar cualquier tipo de sanciones de lado y lado. Lo mismo ocurre con los contratistas. Por esto vale saber de antemano ¿quién paga por el desempleo, y si se le puede deducir algún porcentaje de seguro de desempleo a un trabajador independiente? Porque el desempleo federal y estatal son una obligación tributaria ineludible.
El contador público Carlos Román, representante de Carlos Román & Associates, P.A. con sede en Kendall, Florida, dice a El Paracaidista que el Federal Unemployment Tax o FUTAX es de 0.8% sobre los primeros $7.000 que gana cada empleado «siempre y cuando todo esté en regla y se estén haciendo los pagos a tiempo, porque puede haber incrementos si no», advierte el especialista.
Para el “State Unemployment Tax (SUTA) por los primeros $7.000 el empleador aporta un 2.7%, cuando la empresa está empezando, pero aquí el porcentaje es variable dependiendo del análisis que haga el estado de Florida de la cuenta [de la nómina], afecta el movimiento de empleados [que salen y entran de la empresa] y si pagan a tiempo o atrasados».
Sobre si el trabajador tiene alguna diferencia en el porcentaje de deducciones si es un empleado a tiempo completo (40 horas semanales) o a tiempo parcial (20 horas o menos), Carlos Román detalla: «Por lo general, si no hay alguna excepción, se debería aplicar el mismo criterio para cualquier empleado sin importar el tiempo que trabaje».
Por su parte, Barbara Terry, quien fue vocera del Internal Revenue Service (Servicio de Rentas Internas) reiteró de manera enfática a nuestra publicación: «No. Todo depende de la cantidad del salario, no de las horas que el empleado trabajó».
Quién es empleado y quién trabajador independiente
Y es crucial aclarar aquí el concepto de empleado y trabajador independiente: «No existe el empleado independiente. Hay trabajadores que son empleados y trabajadores que son independientes», dice Román. «Al empleado se le deduce del salario bruto el Federal Withholding, Social Security y Medicare. Al [trabajador] independiente por lo general no se le deduce, por lo tanto, recibe el cheque bruto por el servicio prestado. El IRS define al trabajador que es empleado y al que es independiente, definición que muchas veces no es la misma que conocemos en el diario vivir. Principalmente, entre otras cosas, si el empleador tiene control sobre el trabajador, este trabajador puede ser considerado empleado y se le debería deducir lo que corresponde a un empleado. Es bien importante entender la definición del IRS sobre trabajadores independientes, ya que, si se equivocan y estos trabajadores independientes son considerados empleados, a la compañía le puede significar un costo fuerte el no haberlos considerado empleados», advierte el contador.
Terry señala que las personas que trabajan de forma independiente “generalmente deben pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia (impuesto Self Employed o SE), así como el impuesto sobre la renta. El impuesto SE es un impuesto al Seguro Social y al Medicare principalmente para las personas que trabajan por cuenta propia. Es similar a los impuestos del Seguro Social y Medicare retenidos del salario de la mayoría de los asalariados. En general, cada vez que se utiliza la expresión ‘impuesto sobre el trabajo por cuenta propia’, solo se refiere a los impuestos al Seguro Social y al Medicare y no a ningún otro impuesto (como el impuesto sobre la renta)”, aclara.
La experta en el área tributaria comparte con El Paracaidista las siguientes características de un empleado y sus tipos:
1- Usted es un empleado si los servicios que usted provee son controlados por su empleador. Su empleador fija el horario, las responsabilidades y el lugar donde se realiza el trabajo. Su empleador debe retener impuestos del salario y pagar impuestos de desempleo sobre el salario que usted recibe.
2- Usted es empleado autónomo [self employed] si desempeña un oficio, o dirige un negocio, es dueño único, o miembro de una sociedad que dirige un negocio. Usted también es empleado autónomo si además de su trabajo de tiempo completo tiene su propio negocio a medio tiempo. El ingreso de su propio negocio es considerado ingreso de trabajo por cuenta propia. Como persona con negocio propio usted debe pagar impuestos sobre el ingreso de trabajo por cuenta propia, y es responsable de pagar todo impuesto que se deba (estos son los impuestos de Seguro Social y Medicare).
3- Usted es considerado contratista independiente si el individuo para quien usted trabaja, controla o dirige el trabajo, pero no el método ni la manera en que se realizan dichas tareas. Como contratista independiente, la persona quien le contrata para algún trabajo no es un empleador ni se le requiere retenerle impuesto sobre el ingreso, ni se le requiere pagar impuestos de desempleo sobre el salario que usted recibe. El ingreso del contratista independiente está sujeto a impuesto sobre ingreso de trabajo por cuenta propia y usted debe reportar el ingreso y pagar todo impuesto que se deba. El pagador deberá entregarle una Forma 1099.
Bárbara Terry recomienda leer las siguientes publicaciones desde el sitio en español del IRS:
Publicación 1518 (SP) – Calendario de Impuestos del IRS Para Negocios Pequeños y Personas que Trabajan por Cuenta Propia: https://www.tax.gov/Calendar/?language=es.
Publicación 17 (SP) – El Impuesto Federal Sobre los Ingresos: https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p17sp.pdf.
Página con listado actualizado de publicaciones y formularios (algunos en español): https://apps.irs.gov/app/picklist/list/formsPublications.html.
Internal Revenue Service: para pedir información T + 1-800-829-1040; personas con dificultades auditivas TTY/TDD 800-829-4059.
Website en español https://www.irs.gov/es.
Por: Ira Guevara
Foto: Gerd Altmann
Septiembre 2021 (actualizado por Redacción de El Paracaidista)
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