Médicos extranjeros quedan exceptuados de hacer residencia para ejercer en FL
Los galenos con experiencia graduados fuera de Estados Unidos tienen ahora una oportunidad valiosa para trabajar en el estado de Florida con menos restricciones. Gracias a una legislación aprobada en marzo de 2024 los médicos extranjeros quedan exceptuados de hacer residencia para ejercer en FL.
El cuerpo de ley también amplía el acceso a profesores de facultad de medicina activos en las universidades floridanas para que obtengan su licencia como médicos alópatas.
Más oportunidades para galenos foráneos
La Board of Medicine (Junta de Medicina), con sede en Tallahassee, entidad reguladora estatal encargada de otorgar las licencias de ejercicio en las profesiones de medicina, dice que la ley expande las oportunidades para médicos graduados en el extranjero con experiencia para obtener su licencia de ejercicio en Florida. Y en general “tiene como objetivo aumentar la fuerza laboral de atención médica de Florida mediante el establecimiento de varios programas e iniciativas relacionados con la atención médica, la eliminación de regulaciones para aumentar la movilidad de la fuerza laboral y la ampliación del acceso a una atención médica eficiente y de calidad”.
La nueva ley CS/SB 7016 Health Care (Cuidado de Salud) entró en vigor desde el 21 de marzo de 2024 cuando fuera firmada por el gobernador floridano Ron DeSantis.
Excepción del requisito de residencia médica
Además de tener una certificación de la Educational Commission for Foreign Medical Graduates, procedimiento que incluye pasar los exámenes nacionales USMLE o Steps, los médicos graduados en el extranjero, así como los egresados de universidades estadounidenses, tienen que cumplir con el requisito de realizar una residencia en una especialidad médica de al menos dos años. Este proceso de concurso para lograr cupo en alguno de los programas de residency es uno de los pasos que puede tomar mayor tiempo y presentar tropiezos a los galenos foráneos, pues muchas veces implica tener que mudarse de estado para completar ese requerimiento, además de esperar la apertura de cupos.
La excepción de este requisito aligera inmensamente el camino de los profesionales extranjeros para ejercer sus carreras en Florida.
Lo que dice la ley
Según se describe en el texto de la ley aprobada, publicado en el Senado de Florida, la regulación enmienda los estatutos (s. 458.311(8), F.S) para autorizar a la Florida Board of Medicine (BOM) a que certifique para su licencia de ejercicio como médico alópata (MD, Medical Doctor) a una persona que:
- Haya tenido un certificado de facultad de medicina activo bajo s. 458.3145, F.S., durante al menos tres años y haya tenido un nombramiento de profesor de tiempo completo durante al menos tres años consecutivos para enseñar en un programa de medicina en una escuela de medicina ubicada en Florida.
- Sea graduada de una escuela de medicina extranjera que no ha sido excluida de la consideración de la BOM como una escuela de medicina que ofrece educación y capacitación comparable a las escuelas de medicina de los EEUU, si el graduado no ha completado una residencia aprobada, que normalmente se requiere para obtener una licencia sin restricciones, pero cumple con los siguientes criterios:
- Tiene una licencia activa y sin trabas para ejercer la medicina en un país extranjero.
- Ha ejercido activamente la medicina durante un período de cuatro años consecutivos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de licencia.
- Ha completado una residencia o una formación médica de postgrado sustancialmente similar en un país reconocido por su jurisdicción de concesión de licencias que es sustancialmente similar a un programa de residencia acreditado por el Accreditation Council for Graduate Medical Education, según lo determine la BOM.
- Ha evaluado su credenciales médicas con la Educational Commission for Foreign Medical Graduates, posee un certificado activo y válido emitido por esa comisión y ha aprobado los exámenes utilizados por esa comisión.
- Tiene una oferta de empleo de tiempo completo como médico de un proveedor de atención médica que opera en este estado.
Requisito de empleo
Esta ley también “requiere que un médico con licencia bajo esta última vía deba mantener su empleo con su empleador original, o con otro proveedor de atención médica que también opere en un lugar dentro del estado, durante al menos dos años consecutivos. En este contexto, el término «proveedor de atención médica» significa un profesional de atención médica, un centro de atención médica o una entidad autorizada o certificada para brindar servicios de salud en este estado, según lo reconocido por la BOM. Dichos médicos con licencia deben notificar a la BOM dentro de los cinco días hábiles posteriores a cualquier cambio de empleador”.
Ver el texto completo de la ley en inglés en: https://www.flsenate.gov/Session/Bill/2024/7016/BillText/er/PDF.
Por: Redacción de El Paracaidista
Foto: Sasin Tipchai
Junio 2024
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