La propuesta conocida comúnmente como Save Our Homes from Excessive Property Taxes podría afectar considerablemente a los propietarios de viviendas, inversores, dueños de segundas residencias y propietarios de inmuebles comerciales en Florida. Entre los cambios propuestos se incluyen una exención por vivienda principal (homestead exemption) mucho mayor y un límite anual más bajo en el aumento de la valoración fiscal para muchas propiedades que no constituyen la residencia principal.
Sin embargo, existe una distinción importante: los votantes de Florida aún deben aprobar la enmienda constitucional en noviembre de 2026.
Situación actual
La propuesta Protejamos Nuestros Hogares de Impuestos Excesivos a la Propiedad consta de dos partes relacionadas.
La CS/HJR 1-F es una propuesta de enmienda constitucional que se someterá a la votación de los electores de Florida en las elecciones generales del 3 de noviembre de 2026. Esta incluye los cambios principales que afectan a las exenciones por vivienda principal (homestead exemptions) y a los límites de tasación. Para entrar en vigor, la enmienda debe obtener la aprobación de al menos el 60% de los votantes.
Por otro lado, la CS/SB 4-F ya ha sido promulgada. Entró en vigor el 24 de junio de 2026 y modifica ciertas normas que regulan las tasas locales del impuesto sobre la propiedad y la administración de dicho impuesto.
El punto clave para los propietarios es sencillo: la exención ampliada por vivienda principal y el límite más bajo de tasación para propiedades que no son vivienda principal no entrarán en vigor a menos que los votantes aprueben la medida CS/HJR 1-F.
De aprobarse, la enmienda constitucional entraría en vigor el 1ro. de enero de 2027.
Una exención por vivienda principal mucho mayor
Actualmente, los propietarios de viviendas en Florida que cumplen con los requisitos pueden recibir, por lo general, una exención por vivienda principal de hasta 50.000 dólares, aunque dicha exención se aplica de manera diferente a los impuestos sobre la propiedad destinados a fines escolares y a los no escolares.
Con arreglo a la enmienda propuesta, los propietarios que cumplan los requisitos podrían beneficiarse de una exención considerablemente mayor en los impuestos sobre la propiedad ajenos al ámbito escolar.
A partir de 2027, la exención cubriría hasta 150.000 dólares del valor tasado. En 2028, dicha cifra aumentaría hasta los 250.000 dólares, aplicándose posteriormente ajustes por inflación.
Esto no significa que el propietario quede exento de pagar impuestos sobre la propiedad por los primeros 250.000 dólares de valor. Los impuestos de los distritos escolares reciben un tratamiento distinto y no se verían afectados por la ampliación de la exención.
En términos prácticos, la propuesta está diseñada principalmente para reducir los componentes del impuesto sobre la propiedad correspondientes al condado, al municipio y a otros conceptos no escolares en la factura de los propietarios que reúnan los requisitos.
¿Cuánto ahorraría realmente el propietario? Eso depende del valor tasado de la propiedad, las tasas impositivas locales, los impuestos escolares y no escolares, y otros factores específicos de la propiedad.
Propiedades de alquiler, segundas residencias y propiedades comerciales
La propuesta no se limita a los propietarios que residen en su vivienda principal (homestead).
La medida CS/HJR 1-F también reduciría del 10% al 5% el límite anual de aumento de la tasación para muchas propiedades residenciales (que no constituyen vivienda principal) y no residenciales.
Esto podría ser importante para los propietarios de inmuebles en alquiler, segundas residencias, propiedades de inversión y ciertos inmuebles comerciales, ya que limitaría la rapidez con la que pueden aumentar sus valores tasados de un año a otro.
Sin embargo, un límite de tasación más bajo no implica necesariamente una factura de impuestos menor. Los impuestos sobre la propiedad siguen dependiendo del valor imponible, de las tasas impositivas locales y de otros factores.
La regla de residencia de cinco años
Uno de los aspectos más importantes de la propuesta se refiere a la residencia en Florida. Según la propuesta, las personas que mantuvieran su residencia permanente en Florida al 31 de diciembre de 2026 —y que cumplieran además con los requisitos para la exención por vivienda principal (homestead)— podrían beneficiarse de la exención ampliada (aplicable a impuestos no escolares) a partir de 2027.
Por lo general, quien se convierta en residente permanente de Florida después del 31 de diciembre de 2026 no recibiría de inmediato la totalidad de la exención aumentada.
En su lugar, el propietario recibiría inicialmente la exención de vivienda principal de menor cuantía. A partir del quinto año de la exención, podría optar a la exención mayor disponible en ese momento para los propietarios de viviendas en Florida que cumplieran los requisitos.
Como es lógico, esta disposición ha planteado una cuestión importante para quienes consideran mudarse a Florida.
¿Debería convertirse en residente de Florida antes de finales de 2026?
No existe una respuesta única para todos los casos. La fecha del 31 de diciembre de 2026 podría cobrar importancia si se aprueba la enmienda, pero el cambio de residencia no debería basarse únicamente en los impuestos sobre la propiedad.
Establecer la residencia en Florida implica mucho más que obtener una licencia de conducir del estado o presentar una declaración de domicilio. Factores como el lugar donde reside realmente, los vínculos familiares y laborales, las actividades comerciales, la planificación patrimonial, los seguros y las consideraciones fiscales pueden ser relevantes.
Para quien ya esté considerando mudarse a Florida, los cambios propuestos en los impuestos sobre la propiedad pueden ser otro factor que vale la pena evaluar. Sin embargo, las decisiones sobre la residencia deben considerarse como parte de un plan legal, fiscal, patrimonial y financiero más amplio.
Aspectos que los propietarios deben tener en cuenta
La fecha más importante es el 3 de noviembre de 2026, día en que está previsto que los votantes de Florida se pronuncien sobre la enmienda constitucional.
Hasta entonces, los propietarios deben distinguir entre lo que ya se ha convertido en ley en virtud de la norma CS/SB 4-F y lo que aún es una propuesta bajo la CS/HJR 1-F.
Si la enmienda obtiene la aprobación necesaria de los votantes, está previsto que las nuevas disposiciones constitucionales entren en vigor el 1 de enero de 2027.
Para quienes estén considerando comprar o vender propiedades en Florida, establecer su residencia en el estado o reestructurar sus activos inmobiliarios, estos cambios podrían cobrar relevancia en la planificación; no obstante, no deben darse por sentados hasta que los votantes se hayan pronunciado.
Recursos adicionales
Para obtener información oficial y futuras actualizaciones, los propietarios pueden consultar los documentos del Senado de Florida relativos a CS/HJR 1-F (Save Our Homes from Excessive Property Taxes — Proteger Nuestros Hogares de Impuestos Excesivos a la Propiedad) y CS/SB 4-F (Property Tax Administration — Administración de Impuestos a la Propiedad), así como las directrices sobre impuestos a la propiedad publicadas por el Florida Department of Revenue.
Ver detalles en: https://www.flsenate.gov/Session/Bill/2026F/1F y
https://www.flsenate.gov/Session/Bill/2026F/4F
Por: Hispanic Target
Foto: Horst Schwalm
Septiembre 2026