¿Cómo se obtiene la ciudadanía?


La nacionalidad estadounidense se puede adquirir de dos formas: por nacimiento y vía naturalización. La gente que nace en territorio estadounidense (incluye Puerto Rico, Guam, Las Islas Vírgenes) obtiene la ciudadanía automáticamente, a menos que haya nacido de padres extranjeros en funciones diplomáticas. También, según indica el USCIS, si nace en tierra extranjera, pero padre y madre son ciudadanos estadounidenses y alguno de los dos vivió en este país en algún momento de su vida (hay algunas excepciones). Igualmente, si uno de sus progenitores es estadounidense y vivió al menos cinco años en Estados Unidos antes de que la persona naciera y que como mínimo dos de esos cinco años transcurrieron después de que el padre o madre estadounidense cumpliera 14 años de edad. Estos son los tecnicismos de la ciudadanía otorgada al nacer. La ley estadounidense contempla otros mecanismos para quienes habiendo nacido fuera del país, pero de al menos un padre estadounidense que no cumpla los requisitos descritos arriba, puedan sin embargo adquirir la nacionalidad después del nacimiento si llena ciertos requerimientos.

En el año 2000, el Congreso aprobó la Ley de Ciudadanía del Niño (Child Citizenship Act -CCA), «que permite a menores de 18 adoptados por ciudadanos estadounidenses y que inmigran a este país a adquirir la ciudadanía de Estados Unidos inmediatamente», añade el USCIS.

La naturalización, cuando se trata de extranjeros que desean volverse ciudadanos, tiene dos rutas, pero en ambos casos se debe ser residente permanente y lo que varía es el tiempo bajo ese estatus antes de poder solicitar la ciudadanía. El primer camino es cuando se ha obtenido la residencia permanente por matrimonio con ciudadano (a) estadounidense. En este caso deben pasar tres años para poder acceder a la ciudadanía y se debe mantener el matrimonio al momento de solicitarla. El segundo sendero se abre cuando se ha adquirido la residencia permanente por otra vía (petición familiar o basada en empleo) y deben pasar cinco años antes de que se pueda aspirar a volverse estadounidense, aunque hay ciertas excepciones para ambas circunstancias.

El tiempo como residente se cuenta desde la fecha en que fue otorgada esta condición y aparece en la tarjeta de residencia permanente o green card.

En Florida, la duración del proceso, desde que se llena la solicitud N-400 ($640, más $85 por huellas, con costos sujetos a aumento desde el 3 de octubre de 2020, cuando saldrá en $1.170) hasta que se hace el juramento, puede tomar de seis meses a un año, según la experiencia de abogados de inmigración consultados por El Paracaidista. Al personal militar que sea elegible bajo las secciones 328 y 329 de la INA (Immigration and Nationality Act, Ley de Inmigración y Nacionalidad) se les exceptúa del pago por naturalización.

Para obtener la ciudadanía el inmigrante debe, en principio, ser elegible y luego cumplir con una serie de requisitos.

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Por: Ira Guevara

Septiembre 2020

 

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