Detalles del trámite de acción diferida


El USCIS puso a disposición de la comunidad el 15 de agosto de 2012 las planillas para hacer la solicitud de Acción Diferida según lo manda el memorando emitido por la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional, Janet Napolitano el 15 de junio de 2012, que cubre a jóvenes que no representan riesgo a EEUU y les exime de la deportación.

“USCIS ha desarrollado un proceso riguroso de revisión para las solicitudes de acción diferida bajo los criterios especificados por la Secretaria Napolitano”, dijo el Director de USCIS, Alejandro Mayorkas. “Los llegados en la infancia que cumplan con esos criterios y cuyos casos sean diferidos podrán ahora vivir sin miedo a ser deportados y contribuir con sus talentos a esta gran nación en toda su capacidad”.

La acción diferida es una determinación discrecional para diferir la deportación de un individuo, como parte de una discreción procesal. USCIS revisará las solicitudes y hará las determinaciones caso por caso. Aunque no provee un estatus legal ni es un vehículo a la residencia permanente ni a la ciudadanía, los individuos cuyos casos son diferidos como parte de este proceso no serán removidos de Estados Unidos por un período de dos años, sujeto a renovación, y podrán también solicitar autorización de empleo, explicó el USCIS.

El USCIS detalla que quien llene la forma I-821D también debe completar la planilla I-765, Application for Employment Authorization (permiso de trabajo), y la I-765WS, Form I-765 Worksheet.USCIS exhorta a los individuos que tengan preguntas sobre este proceso a visitar su nuevo sitio web www.uscis.gov/acciondiferida o llamar al Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 1-800-375-5283.

Pero es importantísimo asesorarse bien, sobre todo para verificar que se cumple con todos los requisitos de elegibilidad, especialmente si ha habido algún asunto con la justicia, como la comisión de un delito menor y los jóvenes y padres no están muy seguros de si esto es un inconveniente.

Planillas y fees para hacer solicitud

Las formas del USCI están disponibles en la siguiente página: www.uscis.gov/i-821D para ser impresas y enviadas y su costo total es de $465 que incluye ya los $380 por permiso de trabajo y $85 por servicios biométricos. Toda la información e instrucciones en español se pueden consultar en el website oficial del USCIShttp://alturl.com/3v9dv (dirección de Internet abreviada).

La «application» se titula Consideration of Deferred Action for Childhood Arrivals, forma I-821D. Las intrucciones para llenarla correctamente vienen en la planilla I-821D, Consideration of Deferred Action for Childhood Arrivals Instructions. Además está la E-Notification of Application/Petition Acceptance, G-1145, que es para recibir una notificación vía email cuando la petición sea aceptada (debe adjuntarse con un clip sobre la planilla de solicitud I-821D).


La dirección adonde deben enviarse las planillas junto al pago depende del estado donde resida el solicitante. Consultar estados y direcciones de envío aquí: http://alturl.com/yb2w3.

Es importante notar que hay una dirección para el envío por correo normal (US Postal Service) y otra para envío por correo expreso o mediante un courier privado (USCIS Lockbox).

Otros detalles vitales señalados por el USCIS son: someter los pagos exactos, adjuntar los documentos pedidos que se mencionan en la planilla de instrucciones, firmar las formas y no dejar espacios en blanco.

Para quienes requieran apoyo en el llenado de las peticiones hay un sitio nacional para ubicar centros de ayuda legal cercanos:
www.unetealsueno.org (www.weownthedream.org) que están ofreciendo apoyo sin costo o a muy bajos honorarios. También allí se pueden ubicar abogados de todo el país, si es requerido contratar a un experto debido a que el caso presente complicaciones. Lo ideal es asistir a alguna charla de orientación sobre este proceso legal y allí mismo hacer preguntas para determinar si realmente es necesario contratar a un abogado o si la misma persona puede someter su caso.

Ver todos los detalles en el sitio oficial de Inmigración: http://alturl.com/3v9dv (dirección abreviada).

Foros informativos y clínicas legales
En Florida, la Foros Públicos sobre Acción Diferida son una serie activa de encuentros organizados por Students Working for Equal Rights (SWER) y otros miembros de la Florida Immigrant Coalition (FLIC) para informar a la comunidad sobre qué hacer y qué no hacer con relacion a la nueva política de inmigración de Obama que beneficia a los jóvenes indocumentados. Revisar en el website de SWER y FLIC otras fechas: http://flimmigrant.wordpress.com/2012/07/09/foros-y-clinicas-para-dreamers. Contacto: T + 786- 273-9748. Si está interesado en organizar un foro en su zona, ponerse en contacto con Diego Sánchez (diegos@swer.org), Julio Calderón (julioc@swer.org) o Frida Ulloa (frida@floridaimmigrant.org).

A nivel nacional para encontrar eventos, talleres y demás reuniones informativas y de orientación ir a: www.weownthedream.org/events

Asimismo, una serie de clínicas legales para procesar los casos están siendo organizadas por la organización aliada de FLIC, Americans for Immigrant Justice, con una colalición de abogados pro-bono, que ayudarán a los DREAMers en el proceso de prepararse para presentar los documentos a USCIS para obtener a Acción Diferida a partir del 15 de agosto. Más información sobre las fechas de las clínicas, lugares y contacto en: http://flimmigrant.wordpress.com/2012/07/09/foros-y-clinicas-para-dreamers. Contacto: T + 305-573-1106 , ext. 1660 – dreamers@aijustice.org.

En Florida los eventos confirmados son:

FL Dream Clinics
Sábado 18 de Agosto.
Hora: 8:30 AM – 5:00 PM
Organizado por: Students Working for Equal Rights.
Dirección: Florida International University, College of Law, 1st Floor 11200 SW 8th Street Miami. Contacto: José Machado josem@swer.org.

Deferred Action Information Session
Lunes 20 de Agosto.
Hora: 7:30 PM – 9:30 PM
Organizado por: Abundant Living Ministries-Immigration.
Lugar: Abundant Living Ministries – Immigration Services Campus 14331 SW 72 Street Pembroke Pines. Contacto: P. Frances Thomas immigration@alm.org.

FL Dream Clinics
Sábado 25 de Agosto
Hora: 8:30 AM – 5:00 PM.
Organizado por: Students Working for Equal Rights.
Lugar: Florida International University, College of Law, 1st Floor 11200 SW 8th Street Miami. Contact: José Machado josem@swer.org.

Preguntas y Respuestas
Para aclarar de fuente oficial, El Paracaidista les trae una réplica de lo publicado por el propio USCIS en su website donde hay preguntas y respuestas frecuentes y recomendaciones para los interesados en el programa de Acción Diferida.

Aclaración del Department of Homeland Security
«Efectivo de inmediato, ciertas personas jóvenes que fueron traídas a Estados Unidos siendo menores sin responsabilidad propia y que cumplen con otros criterios específicos, serán consideradas para que se les detenga su deportación del país o evitar el comienzo de los procesos de deportación. Aquellos que puedan demostrar que cumplen con los criterios serán elegibles para recibir Acción Diferida por dos años, sujeta a renovación.

Solamente aquellos individuos que puedan probar mediante documentación de prueba que cumplen con esos criterios serán elegibles para la Acción Diferida. Los individuos no serán elegibles si no se encuentran actualmente en EE.UU. y no pueden probar que han estado físicamente presentes en el país por un período no menor de cinco años antecediendo la fecha inmediata de hoy [15 de Junio de 2012]. El uso de la discreción procesal no confiere ningún derecho fundamental o vía hacia la ciudadanía. Solamente el Congreso, por medio de su autoridad legislativa, puede conferir esos derechos.

Las personas pueden llamar a la línea de ayuda de USCIS 1-800-375-5283 o la línea de ayuda de ICE al 1-888-351-4024 durante horas laborables si tienen preguntas o para pedir más información acerca del proceso venidero.

Preguntas más frecuentes:

¿Quién es elegible a recibir Acción Diferida bajo la directriz anunciada por el Departamento?

Según el memorando de la Secretaria del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) emitido el 15 de Junio del 2012, los individuos elegibles para Acción Diferida deben cumplir con los siguientes requisitos:

(1) haber llegado a los Estados Unidos antes de los 16 años de edad

(2) haber residido continuamente en los Estados Unidos por un período mínimo de cinco años antes del 15 de Junio del 2012 y haber residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de Junio del 2012

(3) estar asistiendo a la escuela, haberse graduado de la escuela superior, poseer un Certificado de Educación General (GED, por sus siglas en inglés), o haber servido en la Guardia Costanera o en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos

(4) no haber sido encontrado culpable de un delito grave, delito menos grave de carácter significativo, múltiples delitos menos graves, o representar una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública

(5) no debe de ser mayor de 30 años de edad.

Estos individuos también tendrán que completar la verificación de antecedentes. Aquellos que presenten su solicitud ante USCIS sin estar sujetos a una orden final de deportación, tienen que tener 15 años de edad o más.

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