Poder ciudadano: registrarse antes del 5 de octubre y votar


Ejercer el sufragio en Estados Unidos es uno de los deberes de los ciudadanos de este país. Es una responsabilidad que tiene más consecuencias de lo que la gente se puede imaginar.

Participar con el voto es la única manera de expresar puntos de vista, establecer legalmente el acuerdo o no con medidas, leyes y regulaciones en el municipio donde se vive, en el condado, el estado y finalmente en el país entero.

No es sólo para elegir un presidente ni para escoger senadores, representantes en la cámara, alcaldes, gobernadores y candidatos presidenciales de distintos partidos. El voto cuenta -y mucho- para lograr la aprobación de leyes locales, estatales y nacionales. Para poner en las mesas de senadores y congresistas la desaprobación de medidas que el ciudadano común ve claramente que tendrán un efecto negativo en su día a día, aunque grandes corporaciones y grupos poderosos con fuertes influencias económicas establezcan por su lado presiones a esos mismos senadores y congresistas. Y al mismo tiempo ser elector da poder a la gente para respaldar masivamente medidas benéficas para toda la nación, a las cuales no se les esté prestando la atención debida.

Además de permitir la elección de personas que tienen el deber de representar y defender los mejores intereses de los habitantes de un municipio, condado, estado y país entero, el ser constituyente, es decir, el individuo con ciudadanía estadounidense con el derecho a votar, le da el poder de presionar y exigir a sus comisionados, representantes, senadores y hasta al Presidente a que aprueben leyes, medidas o las suspendan o anulen por el bien de la ciudadanía. Tener el derecho a ejercer el voto es cosa seria y todo el mundo debería asumir la responsabilidad de ponerse en ese camino si es residente (cuando le llegue su tiempo), si es ciudadano, para que el gobierno en este país sea verdaderamente una democracia representativa.

El ciudadano constituyente es un monitor de su democracia y debe ejercer ese deber si no quiere que otros, con intereses muy diferentes a los suyos, elijan por ella o por él y sus familias e hijos. La apatía y la no participación es justamente la entrega del poder legítimo de influir positivamente en esta sociedad a otros que tal vez no estén tan interesados en el bien común de la mayoría.

“Las personas pueden hablar con los representantes de su gobierno local, también con el gobierno del estado y del país. Por ejemplo, cuando una persona vive en una zona de un representante en particular de la Asamblea de la Ciudad, de la Comisión del Condado, el ciudadano constituyente puede llamar o visitar a ese representante para comunicarle problemas que necesitan ser resueltos en su vecindario. Esto es parte de nuestro tipo de gobierno. La gente paga los impuestos y recibe servicios. El derecho a votar, a participar es una manera en que las personas pueden tener una voz en lo que ocurre con el dinero de los impuestos, en lo que hace el gobierno y en quiénes son las personas que vana a tomar las decisiones por ellos”, dice a El Paracaidista Courtenay Stickland, Directora del Proyecto de Votantes de la Unión de Libertades Civiles de América (American Civil Liberties Union – ACLU).

¿Quién puede votar?

El proceso para votar es muy sencillo: “Debes ser ciudadano estadounidense, de 18 años de edad o mayor y registrarte 30 días antes de la fecha de las primeras elecciones en las cuales deseas votar“, detalla a El Paracaidista Betty Washington del Departamento de Elecciones de Miami-Dade. Pero añade que una vez que la persona se registra para votar ya puede ejercer el sufragio para cualquier elección desde ese momento en adelante. No requiere volver a hacerlo a menos de que se mude, en cuyo caso debe registrarse de nuevo para que figure la nueva dirección. Esto es importante porque hay ciertas elecciones locales, municipales y condales en las cuales sólo pueden votar los residentes de esa área, por ejemplo para aprobar medidas, regulaciones y estatutos locales, además de las elecciones para escoger a los comisionados del condado, representantes en la legislatura del estado, de la cámara estatal y nacional. Si la persona se muda de condado o estado es preciso que vuelva a registrarse.

Es requisito ser, además, residente legal permanente del estado y el condado para poder registrarse, el ciudadano no puede andar de paso. Así una persona que viva en Los Angeles y tenga allí su residencia oficial no podrá registrarse en Miami para votar, a menos de que haga un cambio de dirección por haberse mudado a esta ciudad. No pueden votar las personas mentalmente incapacitadas para sufragar en Florida u otros estados y quienes hayan sido convictos de una felonía y no les hayan sido restaurados sus derechos civiles (esto sólo en Florida y otros seis estados). Las personas de 17 años pueden pre-registrarse, pero sólo podrán votar al cumplir los 18 años.

Cuando se hace el registro como votante se puede elegir una afiliación a algún partido y de esta forma participar en las elecciones de esa entidad, como la de selección de candidatos a la presidencia, pero no es obligatorio escoger un partido político y no siempre se exige la afiliación registrada en la tarjeta para sufragar en las primarias partidistas.

Las personas ya registradas que deseen cambiar dirección, nombre o afiliación de partido pueden llenar otra solicitud de registro para votar, explica un comunicado de la Oficina Principal del Supervisor de Elecciones del Condado Broward.

La fecha límite para registrarse para las elecciones generales presidenciales es el 5 de octubre. La fecha de registro de un votante es la misma que del sello de correo si la manda por esa vía o la fecha en que la entregue en persona en la Oficina del Supervisor de Elecciones de su Condado.

Boletas de votación para ausentes

Si usted no puede asistir a la mesa de votación el día de las elecciones puede pedir una boleta de ausencia para votar o absentee ballot para lo cual deberá llamar a la oficina de elecciones de su condado y proveer su información personal y los últimos cuatro números de su Seguro Social y para esto ya debe estar registrado para sufragar.

¿Dónde consigo la forma para registrarme?

Pueden ir a las oficinas de elecciones, a los bancos, bibliotecas públicas donde usualmente tienen las planillas de registro [Voter Registration Form]. Se debe llenar y enviar por correo. Luego la persona recibe su tarjeta de registro de votación en el correo y es muy importante guardarla en un lugar seguro pues cuando va a votar el día de las elecciones tiene que presentar esa tarjeta y su licencia de conducir [o tarjeta de identificación, ID]”, detalla Washington. Si la persona no ha recibido su tarjeta de registro en un mes después de enviada su solicitud, debe llamar de inmediato a la oficina de elecciones de su zona para preguntar lo que ocurre y resolver el inconveniente. No hay ningún costo para el registro.

Las planillas de registro se consiguen en inglés y español también en las sedes principales de las municipalidades o City Halls, oficinas de la licencia de conducir, de asistencia pública y a discapacitados, de reclutamiento para el servicio militar, en la oficina principal de elecciones de cada condado o en sus sucursales. También pueden imprimirse directamente desde el website de la Division of Elections de Florida en la siguiente página: https://www.dos.myflorida.com/elections/for-voters/voter-registration/online-voter-registration/ y puede hacer allí su registro online directamente.

En la solicitud se deben llenar los datos personales, incluir el número de licencia de conducir o del ID de Florida o en su defecto los últimos cuatro números del Seguro Social. La planilla debe ir firmada en original y se debe enviar por correo al Supervisor of Elections del condado donde viva la persona o llevarla personalmente, si prefirió imprimirla.

Pero si desea hacer su registro online, puede leer el siguiente instructivo en español: https://www.dos.myflorida.com/media/698340/ovr-quickfacts-spanish.pdf o ir directamente al sitio https://registertovoteflorida.gov/ para registrarse allí.

Para una lista de direcciones de estas oficinas en todos los condados en Florida ir a: https://dos.elections.myflorida.com/supervisors.

Para identificar los recintos de votación correspondientes a los domicilios de las personas se debe llamar a la oficina de elecciones de su condado o municipalidad y generalmente se vota en escuelas, centros comunitarios, bibliotecas, iglesias, etc. Hay elecciones que se realizan únicamente por correo, como las de municipios y vecindarios para aprobar o no medidas específicas como instalación de garitas de seguridad, etc. Los electores reciben su boleta por esta vía para que marquen en ésta su decisión y la devuelvan de la misma forma con su voto a la dirección que indique la boleta.

Para información general sobre registro de votación y demás detalles diríjase a las siguientes oficinas según su lugar de residencia o inquietud:

Centro nacional de localización de la oficina de elecciones por estado del país:
https://www.usa.gov/election-office. Desde cada oficina estatal ubique la de su condado.

– Miami-Dade Elections Office – 2700 NW 87th Ave, Miami, FL 33172 – T + 305-499-8683– soedade@miamidade.gov. Tienen atención en inglés, español y creole – http://www.miamidade.gov/elections.

– Broward County Supervisor of Elections Office – 115 South Andrews Ave Room 102, Fort Lauderdale, Florida 33301
T + 954-357-7050 – https://www.browardsoe.org.

– Palm Beach County Supervisor of Elections
240 South Military Trail
West Palm Beach, FL 33415
T + 561-656-6200
http://www.pbcelections.org

– Osceola County Supervisor of Elections
2509 E Irlo Bronson Memorial Hwy
Kissimmee, FL 34744
T + 407-742-6000
http://www.voteosceola.com

– Orange County Supervisor of Elections
119 West Kaley Street
Orlando, FL 32806
T + 407-836-2070
http://www.ocfelections.com

Oficina del Director de Elecciones de Florida
T + 1-850-245-6200 para preguntas generales.

Convictos por felonías no pueden votar en Florida

“En Florida hay una excepción: si el ciudadano ha sido convicto por un delito mayor [felonía] pierde el derecho a votar y otros derechos civiles. Pero hay una manera en que se puede solicitar la restauración de esos derechos“, dice Courtenay Stickland de la ACLU, quien aclara, además, que Florida es uno de los siete estados del país que tiene este tipo de restricción.

“Florida es el estado con el número más alto de personas que no pueden votar a causa de esta ley. Algunos estados exigen esperar un tiempo durante el cual la persona debe estar libre de crímenes para que pueda votar”, añade. Sin embargo, en la mayoría de los estados, según esta activista, se puede votar después de haber terminado la pena. En Florida puede hacerse también, pero si la felonía es por ofensa sexual o asesinato sólo se restablece su derecho al voto si la State Clemency Board (Junta de Clemencia del Estado de Florida) lo aprueba, para lo cual debe someterse a un proceso de evaluación.

Obtener o mantener algunas licencias profesionales para trabajar (como la de contratista, por ejemplo) son algunos de los otros derechos que también se pierden en Florida, junto al del voto y el número de ciudadanos en este estado con ese estigma sobrepasa los 600 mil, asegura la experta, y de éstos unos 120 mil son hispanos.

Para recuperar ese derecho civil, entre otros, es preciso que el interesado llene una solicitud que será evaluada y aprobada o no por el gobernador y su gabinete, ante quienes pide clemencia. Si necesita ayuda con este proceso puede conectarse con la ACLU, entidad que tiene una división dedicada a asistir a los ciudadanos en estos casos para llenar la solicitud de Restauración de los Derechos Civiles (Application for Restoration of Civil Rights), presentarla muy bien preparada y hacerle seguimiento, ya que es un proceso complejo que, según Stickland, toma tiempo, pero es importantísimo hacerlo: T + 305-576-2337extensión 21.

La ACLU ha establecido varios centros para apoyar gratuitamente en este pedido legal y, aunque la sede está en Miami, hacen seminarios en varias partes de Florida para brindar información al respecto. Las personas que vivan fuera de Miami tienen la opción de recibir un paquete completo por correo y obtener guía por teléfono. Llame al número anterior para mayores datos.

Posibles problemas al ir a votar tienen solución

Si usted llega al precinto y le dicen que su nombre no está en lista, asegúrese de que le están buscando en todas las listas del condado y no sólo en la de ese lugar“, dice Courtaney Stickland. Porque si hubo cambio de dirección y la persona no lo registró, puede seguir anotada en los listados correspondientes a los recintos de votación que le tocaban a su domicilio anterior. Pero este no es un impedimento para sufragar. “Puede usar una boleta de votación provisional que será válida únicamente si el ciudadano vota en el precinto correspondiente a su domicilio actual“, explica.

Es importante ir a votar en los precintos señalados de acuerdo a la dirección de la gente, porque ciertas elecciones están restringidas por zonas geográficas, como las de representantes de la legislatura de Florida que pueden ser elegidos únicamente por habitantes de un sector específico de una ciudad. Y aunque se vaya a elecciones presidenciales es imperioso ejercer el sufragio en el local asignado según donde se viva.

Si no entienden la boleta o el uso de las máquinas, las personas tienen el derecho a que se les explique, se les dé una demostración de cómo hacerlo y de practicar antes de entrar a la casilla e incluso a que alguien les acompañe (con su debida identificación) durante el acto mismo. “Le puede pedir al mismo trabajador en el precinto que le asista durante la votación”, insiste Stickland.

Por: Ira Guevara

Foto: Archivo

Septiembre 2020

 

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