Corte Suprema suspende nuevamente el TPS de venezolanos
En una medida catalogada como arbitraria y sin precedentes, la Corte Suprema suspende nuevamente el TPS de venezolanos hasta que se resuelva el litigio completo, lo que podría tomar meses.
La decisión de este 3 de octubre del máximo tribunal estadounidense deja sin efecto transitoriamente el fallo del juez Edward M. Chen, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos del 5 de septiembre, que determinó que el intento de la Secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, de eliminar el TPS para venezolanos y haitianos era ilegal por no cumplir con la Ley de Procedimiento Administrativo. Esta medida había restaurado nuevamente la protección a este grupo de extranjeros.
El Department of Homeland Security (DHS) está en proceso de apelar esa decisión del juez Chen en la corte federal del siguiente nivel, pero mientras se tramita y resuelve acudió nuevamente a la Corte Suprema para pedir que se mantenga la orden de enero 2025 de la Secretaria de suspender el TPS hasta que se llegue a una decisión final en el litigio.
“En una orden de solo tres párrafos y sin justificación, la Corte Suprema de Estados Unidos concedió hoy [3 de octubre de 2025] la solicitud de la administración Trump para suspender la decisión de un tribunal federal que protegía a los venezolanos con Estatus de Protección Temporal (TPS) mientras el gobierno apela el fallo del tribunal inferior”, explica la National TPS Allliance, entidad sin ánimo de lucro que antepuso la demanda junto la Red Nacional de Jornaleros (NDLON), las Fundaciones ACLU del Norte y del Sur de California, el Centro de Derecho y Política Migratoria (CILP) de la Facultad de Derecho de UCLA y Haitian Bridge Alliance (HBA), el pasado mes de febrero.
En qué se basa la decisión de suspensión
En síntesis, este dictamen de la United States Supreme Court dice que las mismas condiciones que prevalecieron para que esta Corte permitiera la medida de emergencia sometida por el gobierno de dejar sin efecto el TPS mientras se llega a una decisión final en el juicio, se mantienen. Por tanto vuelven a dejar sin vigencia este estatus de protección temporal que ya había sido restablecido por decisión final de la corte donde se inició el juicio. En otras palabras, mientras procede la apelación a esa decisión. Pero no emite la Corte Suprema una justificación por escrito de cómo llegó a su decisión y por esto es fuertemente criticada su decisión. El dictamen de menos de una página puede leerse en inglés aquí: https://www.supremecourt.gov/opinions/24pdf/25a326_3ebh.pdf.
Sin embargo de los nueve jueces de la Suprema, tres votaron en contra de mantener “la emergencia” que le quitaría el estatus inmediatamente a sobre 300 mil venezolanos y de éstos la jueza Ketanji Brown Jackson emitió por escrito su disentimiento. Es importante saber que los portadores del TPS 2021 tienen su estatus vigente hasta el 7 de noviembre de 2025.
José Palma, coordinador de la Alianza Nacional TPS, principal demandante que representa a cientos de miles de beneficiarios declaró: “La decisión de hoy de la Corte Suprema genera dudas sobre si la corte más alta del país decide en base a la ley o simplemente respalda las acciones del presidente Trump. Los beneficiarios de TPS venezolanos siguieron todas las reglas y aun así se encuentran despojados de su estatus legal de la noche a la mañana. No podemos —y no vamos a— permanecer en silencio ante semejante injusticia. Invitamos a todos a unirse a la Semana de Acción para Proteger a las Familias con TPS del 6 al 10 de octubre. Porque hay algo muy claro: solo el pueblo salva al pueblo.”
Los abogados que defienden a los inmigrantes en este caso y en general la comunidad de estos especialistas legales en todo el país están observando con asombro el impacto de la decisión de la Corte Suprema.
“La orden de tres párrafos de hoy extiende ahora el poder del ‘shadow docket’ de la Corte Suprema a los fallos finales de tribunales inferiores, más allá de simples decisiones provisionales. Este es quizá el signo más extremo de que la Corte ha abandonado la ley para hacer política. No existe forma legal de justificar el enorme poder que la Corte se ha otorgado a sí misma. Tampoco puede reconciliarse con otras decisiones, incluso recientes, en las que permitió bloquear políticas pro-inmigrantes durante la administración Biden. Significativamente, la Corte ni siquiera lo intenta. Sus decisiones solo tienen sentido si aceptamos la verdad frente a nosotros: que la Corte Suprema ha abandonado por completo la función de aplicar la ley”, es la opinión sumaria de Ahilan Arulanantham, codirector del Centro de Derecho y Política Migratoria (CILP) de la Facultad de Derecho de UCLA.
Por su parte, Erik Crew, abogado de Haitian Bridge Alliance alertó que “este caso no ha terminado. Las personas a quienes representamos merecen algo mejor de Estados Unidos que estas decisiones de emergencia, sin fundamento, que eliminan protecciones legales esenciales frente a daños irreparables. Concuerdo plenamente con la disidencia de la jueza Jackson. Ahora seguimos hacia los argumentos de fondo en el Noveno Circuito.”
Quiénes están protegidos
Al momento sólo están protegidos quienes hayan sometido un re-registro en enero de 2025 y hayan recibido la aprobación de éste antes del 5 de febrero. También quienes hayan recibido aprobación de extensión de sus permisos de trabajo antes de esa fecha.
También tienen estatus legal de TPS los portadores del TPS 2021 que se vence el 7 de noviembre de 2025.
En este panorama incierto es urgente que los portadores de TPS busquen asesoría legal inmediata para definir alternativas, según sus casos particulares.
Revise aquí información sobre la situación del TPS que El Paracaidista ha publicado en seguimiento a este litigio y vea opciones de asesoría legal económica, cómo escoger abogado de inmigración y cómo vigilar su trámite migratorio.
El disentimiento de la Jueza Jackson
Para poner en perspectiva desde la visión de un juez en lo más alto del sistema judicial estadounidense de lo que ocurre con este acalorado ligitio, les acercamos aquí en español y de forma resumida el disentimiento por escrito de la Jueza Ketanji Brown Jackson:
“El 19 de enero de 2021, el Gobierno de Estados Unidos informó a los venezolanos residentes en el país que Venezuela estaba experimentando la “peor crisis humanitaria del hemisferio occidental en la historia reciente”.¹ Un par de meses después, declaró que su país se encontraba en medio de una “grave crisis política y económica” marcada por una “contracción económica”, una “profundización de la pobreza”, un “colapso de los servicios básicos” y “abusos y represión de los derechos humanos”.² El Gobierno afirmó prácticamente lo mismo en septiembre de 2022,³ y de nuevo en octubre de 2023,³ y de nuevo en enero de 2025.³ Estas conclusiones basadas en hechos tenían trascendencia legal: otorgaban a los venezolanos elegibles el estatus de protección temporal (TPS) bajo la ley federal. Como resultado, ciertos venezolanos quedaron protegidos de la deportación, se les permitió trabajar y se les calificó con estadía legal en Estados Unidos.
“Por ley, se suponía que esta protección duraría al menos hasta octubre de 2026. Sin embargo, cuando el presidente Trump asumió el cargo a fines de enero de 2025, el gobierno rápidamente cambió de rumbo. El estatuto del TPS establece claramente que una designación de TPS permanecerá vigente hasta el vencimiento de su «extensión previa más reciente». §1254a(b)(3)(B). Pero la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, anunció una fecha de terminación mucho más cercana para unos 300,000 beneficiarios venezolanos del TPS: abril de 2025.Hasta ahora, nuestros colegas de tribunales inferiores han determinado cinco veces que este truncamiento abrupto del período del TPS fue ilegal o probablemente lo fue. Lo han hecho en opiniones escritas razonadas y reflexivas, opiniones que, en el curso normal, analizaríamos, evaluaríamos y aceptaríamos o rechazaríamos, al tiempo que explicamos completamente nuestro razonamiento.
“Los tribunales inferiores también han emitido un segundo juicio meditado sobre una cuestión diferente: ¿Qué debería suceder con 300.000 seres humanos mientras nuestros colegas del Noveno Circuito, y luego quizás nosotros, juzgamos? ¿Deberían esas personas permanecer en Estados Unidos, trabajando legalmente, como el Gobierno les prometió hace apenas unos meses? ¿O deberían quedar expuestas a la pérdida del empleo, la separación familiar y la deportación a un país que el Gobierno determinó en enero que estaba «atravesando una crisis humanitaria compleja, grave y multidimensional» a la que no podrían «regresar con seguridad»?
“Nuestros colegas de tribunales inferiores ya han elegido la respuesta obvia, es decir, la menos disruptiva y la más humana, a esa pregunta. Por lo tanto, esta solicitud de suspensión nos presenta una decisión antecedente: si el interés del Gobierno en terminar el TPS ahora mismo es tan urgente que este Tribunal, en lugar de los jueces competentes que actualmente ejercen jurisdicción sobre el asunto, debería ser el que decida el destino provisional de esas personas.
“Solo si el Gobierno demuestra una necesidad tan urgente, deberíamos siquiera considerar vetar la sentencia unánime de los tribunales inferiores sobre el estatus provisional más equitativo. El Gobierno no ha demostrado tal cosa. Sin embargo, por segunda vez en este mismo caso, el Tribunal le concede la reparación extraordinaria que solicita.
“Una vez más, evitamos la moderación —ignorando la necesidad de exigencia o cualquier otra limitación prudente en el ejercicio de nuestra discreción— y, sin palabras, ignoramos los juicios meditados de nuestros colegas. Una vez más, usamos nuestro poder equitativo (pero no nuestra capacidad para opinar por escrito) para permitir que esta Administración altere tantas vidas como sea posible, lo más rápido posible.
“Considero la decisión de hoy como otro grave abuso de nuestro expediente de emergencia. Este Tribunal debería haber mantenido la calma. Al optar por sumarse a la contienda, el Tribunal claramente juzga erróneamente el daño irreparable y los factores de equilibrio de equidad al privilegiar la simple afirmación de un poder ejecutivo sin restricciones sobre las súplicas de innumerables familias por la estabilidad que nuestro Gobierno les ha prometido. Porque, respetuosamente, no puedo tolerar nuestra repetida, gratuita y perjudicial interferencia en casos pendientes en tribunales inferiores mientras hay vidas en juego, disiento.”
Por: Redacción de El Paracaidista
Foto: PB
Octubre 2025
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