Detalles de las fotos digitales para el EDV Entry Form DV-2023


Ya sea que se tome la foto con cámara digital o que se la haga tomar en un centro de servicios fotográficos, pues debe ser reciente, ésta debe tener las siguientes características en cuando al ángulo, área de imagen, color y claridad: debe ser a color. La foto debe ser de frente, la cara enfocada y bien iluminada contra un fondo de color neutro, claro y sólido (sin estampados). La cabeza de la persona debe estar en el centro y ocupar de un 50% a un 69% de la altura de toda la foto. Los ojos deben estar a una altura de entre 56% y 69% del total de la altura de la foto medida de abajo a arriba. La cara de la persona debe estar bien enfocada y nítida. No se deben usar lentes oscuros ni sombreros, ni nada que cubra la cabeza. La única excepción al uso de turbantes o accesorio que cubran el pelo es por motivos religiosos que deberán ser demostrados y aún así no podrán tapar u oscurecer ninguna parte de la cara.

Cada miembro incluido en la solicitud debe tener su respectiva foto digital y ser anexada en el lugar apropiado del formulario. Por tanto cada uno necesitará un archivo digital con su imagen.

Para que sean aceptadas por el sistema electrónico, las fotos deben cumplir con estas especificaciones técnicas: el formato digital de la foto debe ser Joint Photographic Experts Group (JPEG). Hay varios formatos para imágenes digitales como el .gif, .tif, .bmp, pero sólo aceptarán el .jpeg. Esto quiere decir que el archivo fotográfico debe convertirse a ese formato (si no lo está). En la mayoría de los programas para manejar imágenes (Adobe Photoshop, Paint Shop, Paint, etc.) se puede guardar o salvar el archivo bajo el formato .jpeg si se va a «File» y allí se escoge «Salvar como» o «Save as», entonces cuando se abre la ventana que indica dónde poner el nuevo archivo que tendrá un formato diferente, se debe ir a «Save as type» o «Salvar como» y darle a la flecha que despliega los formatos allí y escoger jpeg. Luego se pone el nombre del archivo (se recomienda ponerle el de la persona a que corresponde para más fácil identificación) y se elige el fólder o carpeta donde se va a guardar, por lo general en «Mis fotos» o «My pictures». Se recomienda que la carpeta que se use para poner las fotos que irán con el formulario no tenga otros archivos fotográficos para que no se preste a confusión.

La foto debe ser en color y el tamaño o peso del archivo no debe sobrepasar los 240 kilobytes (240 KB).

Si se trata de una foto tomada con cámara digital debe tener las siguientes dimensiones: 600 pixels de ancho por 600 de alto (los pixels son puntos en la pantalla), esto es 2.54 cm x 2.54 cm y la profundidad de color o color depth debe ser 24-bit color. La resolución de la foto es definida en dots per inch (puntos por pulgada).

Si la foto digital es producto del «scan» de una foto en papel, esta debió «scanearse» a 300 dpi (dots per inch – puntos por pulgada) y con una profundidad de color de 24-bit color. La resolución de la imagen debe ser de 600 x 600 pixels (se entiende que éstas deben ser las dimensiones finales de la foto digital).

En ambos casos, el archivo en sí no puede «pesar» (su tamaño como archivo, no el tamaño de la imagen) más de 240 KB. El tamaño del archivo se puede verificar si se hace un click con el botón derecho del mouse mientras se posa éste sobre el archivo y se escoge «properties» o «propiedades» allí se indica el tamaño en kb del archivo gráfico y ésta es la cifra que no puede exceder los 240 KB. Para bajar el tamaño de un archivo gráfico se suele reducir la resolución o calidad de la imagen en los programas manejadores de fotos más avanzados. De hecho algunos muestran cuando se guarda la foto y se va seleccionado su calidad de imagen «image quality» de «low» (baja) a «maximum» (máxima), también indicando como «smaller» (más pequeño) o «larger» (más grande) el tamaño en que se quiere el archivo y la cantidad de KB que va teniendo.

En cuanto a las dimensiones, en prácticamente todos los programas manejadores de imagen está en el menú de la barra superior la opción «imagen» o «image». Allí se debe buscar la opción «Atributos» o «Attributes», «Image size» o «Tamaño de imagen», «Image info» o «Información de Imagen». Se debe buscar esta opción que permite ver las dimensiones en que está la imagen y cambiar en los recuadros correspondientes a ancho (wide) y altura (height) las dimensiones para que se ajusten a las pedidas. Aquí hay que tomar en cuenta que se debe guardar la proporción exacta para que no se achate o alargue la imagen en sí y se distorsione. Para esto se recomienda seleccionar un área más grande de la foto e ir cortando por un lado u otro hasta lograr una proporción correcta y poder aplicarle las dimensiones pedidas para el sorteo. Es importante resaltar que a veces los manejadores de imagen tienen las dimensiones expresadas en inches (pulgadas) o en centímetros. Si es así hay que cambiarlas a pixels.

Si esto suena muy complicado para personas que no tienen experiencia con este tipo de manejos, o si no se está seguro de que se está haciendo correctamente, lo ideal es dirigirse a una oficina de diseño gráfico o centro fotográfico que trabaje con fotos digitales y pedirles que les tomen la foto individual y a cada uno se la pongan en el formato antes descrito o llevar la foto en papel y que le hagan el «scan» para luego convertirla al formato apropiado. En cualquier caso le podrán entregar las fotos digitales en un CD o pen drive, key drive, etc. y éste podrá ser ingresado a la computadora desde donde se haga la solicitud electrónica y cuando se pida cada una de las fotos se buscará en el CD (en el Drive que corresponda al CD-Rom) o en un key drive. Es importante ponerle el nombre de la persona al nombre del archivo de la foto digital para evitar confusiones cuando se tenga que ubicar y subir al formulario electrónico.

El website de la lotería tiene un verificador de formato de fotos, se puede someter cada foto para constatar que está correcta y si no lo está, se lo indicará («photo validator»).

 

 

Por: Ira Guevara

Fuentes: Departamento de Estado de Estados Unidos, USCIS.

Foto: Archivo

Octubre 2021

 

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