Se mantiene derecho a ciudadanía por nacimiento

La Corte Suprema de Estados Unidos falló hoy [30 de Junio de 2026] a favor de uno de los derechos fundamentales de los estadounidenses: la ciudadanía por nacimiento. Una garantía de la 14ta. Enmienda de la Constitución del país.

“En una decisión de 6 votos a favor y 3 en contra, la Corte Suprema anuló la Orden Ejecutiva 14160, al determinar que los hijos nacidos en Estados Unidos de padres que se encuentran en el país de manera «ilegal o temporal» están sujetos a la jurisdicción estadounidense y son ciudadanos desde el nacimiento en virtud de la Cláusula de Ciudadanía de la Enmienda 14. (Trump contra Barbara, 30/06/26)”, dijo la American Immigration Lawyers Association en un comunicado.

La organización sin ánimo de lucro, United We Dream, la red más grande del país liderada por jóvenes inmigrantes, con un millón de miembros en todo el territorio, celebró la victoria:

“Ganamos. Hoy la Corte Suprema mantuvo el derecho constitucional a la ciudadanía. Esta es una victoria para todos nosotros. Es el único desenlace que debería estar sobre la mesa: la ciudadanía por nacimiento es una piedra angular de nuestra democracia”, aplaudió en su declaración.

Esta red con sobre 25 sedes de trabajo en diferentes estados del país ha defendido el derecho de los Dreamers, miembros de DACA (Deferred Action for Childhood Arrivals o Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) desde sus inicios.

Ciudadanía por nacimiento es un derecho

En su dictamen, la Corte Suprema explica su razonamiento y es importante leerlo y entenderlo porque la ciudadanía por nacimiento, “birth righ citizenship” está garantizada por la Décimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, un libro sagrado en esta nación:

“La cuestión planteada es si la Constitución garantiza la ciudadanía a los hijos nacidos en los Estados Unidos de padres que se encuentran en el país de manera ilegal o temporal. Según la Cláusula de Ciudadanía de la Enmienda XIV, «[t]odas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y del Estado en que residen».

«El 20 de enero de 2025, el presidente Trump emitió la Orden Ejecutiva n.º 14160, titulada «Protección del significado y el valor de la ciudadanía estadounidense». La Orden establece que los hijos nacidos en los Estados Unidos de padres que se encuentran aquí de manera ilegal o temporal no están «sujetos a la jurisdicción» de los Estados Unidos y, por tanto, no reúnen los requisitos para obtener la ciudadanía en virtud de la Enmienda XIV o de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) [INA, Immigration and Nationality Act], la cual emplea la misma terminología. 90 Fed. Reg. 8449. Varios padres presentaron demandas —algunos en nombre de sus hijos— argumentando que la Orden Ejecutiva infringe la Enmienda XIV y la INA.

«El Tribunal de Distrito coincidió con este planteamiento, certificó provisionalmente una clase a nivel nacional compuesta por los niños a quienes la Orden denegaría la ciudadanía y emitió una medida cautelar preliminar para impedir la aplicación de dicha Orden. Este Tribunal concedió el “certiorari” antes de que se dictara sentencia definitiva.”

El certiorari alude a la revisión de un caso de una corte inferior.

Para leer el dictamen completo (en inglés) que recorre la historia de la ciudadanía estadounidense por el sólo hecho de “nacer en suelo americano” vaya a: https://www.supremecourt.gov/opinions/25pdf/25-365_4hdj.pdf.

Por: Redacción de El Paracaidista
Foto: Luliia Bondarenko
Julio 2026

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