EB-4 Inmigrantes especiales


Las visas de inmigrante de esta categoría están diseñadas para trabajadores religiosos extranjeros que sean miembros durante al menos dos años (previos a la petición) de una denominación religiosa sin fines de lucro que tenga su organización en Estados Unidos. El extranjero es patrocinado por esta entidad para trabajar en el país como ministro o pastor, como profesional en vocación religiosa u ocupación abierta por la organización religiosa (en este caso se indica que se debe tener una licenciatura estadounidense o su equivalente extranjera para hacer el trabajo) o en una vocación religiosa u ocupación para la organización religiosa o su entidad afiliada sin ánimo de lucro.

La vocación religiosa es definida aquí por el CIS como un llamado o devoción hacia una vida religiosa. «Hacer los votos puede probar que usted tiene un llamado hacia una vida religiosa», explica el CIS y define la «ocupación religiosa» como una actividad dedicada a las funciones religiosas tradicionales. Cantores, misioneros e instructores religiosos son algunos ejemplos de este concepto.

Esta categoría no requiere certificación laboralEl trámite se hace directamente con el CIS y la petición puede ser introducida por la entidad religiosa o afiliada o por el extranjero (se usa la forma I-360, Petition for Amerasian, Widow(er), or Special immigrant) .

Es preciso probar que la entidad religiosa califica como organización sin fines de lucro. Se debe presentar una carta de un oficial de la organización religiosa que establezca que el potencial inmigrante ha sido miembro de la denominación por lo menos dos años y que tiene al menos dos años de experiencia en su ocupación o vocación religiosa. Si se trata de un ministro o pastor también debe evidenciar que éste ha sido autorizado para realizar deberes religiosos en general y especificar cuáles de éstos especialmente está autorizado a llevar a cabo. Cuando se trate de un religioso profesional la carta debe establecer que éste tiene una licenciatura estadounidense o su equivalente extranjera que es requerida para ese trabajo. También se requiere adjuntar un record académico oficial que lo pruebe. Para trabajadores de vocación u ocupación religiosa es necesario que la esquela demuestre que están calificados para hacer esa labor, es decir, que si se trata de un monje o monja hay que demostrar que han adquirido ese hábito. Si el cargo que se ocupará en una organización religiosa afiliada a una denominación religiosa no es ni ministerial ni de capacidad profesional, la carta debe establecer cómo está afiliada esa organización con esa denominación. Igualmente es preciso explicar cómo se llevará a cabo el trabajo de ministro o cómo será remunerado si se trata de un puesto profesional o de otra ocupación religiosa. La carta debe indicar que el extranjero no dependerá de un ingreso suplementario (de un segundo trabajo) o de la caridad (fondos solicitados para apoyar a ese trabajador).

Esta categoría cobija también a empleados o ex-empleados del gobierno estadounidense en el exterior y le corresponden en total 9.940 visas de inmigrante por año.

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