Abiertas inscripciones de DACA desde Feb 18


El 20 de noviembre del 2014, el Presidente Obama anunció acciones ejecutivas para solucionar algunos de los problemas de nuestro sistema de inmigración, incluyendo una extensión del programa de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) y la
creación del programa de Acción Diferida para Responsabilidad de los Padres (DAPA, por sus siglas en inglés).

Las incripciones para la nueva fase expandida de DACA comienzan el 18 de febrero de 2015, según anunció Florida New Americans, programa de la Florida Immigrant Coalition con sede en Miami, al cierre de esta edición. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), entidad que aceptará las solicitudes de ingreso por primera vez o renovación, indicó también las nuevas condiciones de DACA:

Cambios:

Quién es elegible:
Personas sin estatus migratorio legal que deseen obtener DACA por primera vez o renovarlo.

Amplía el plazo de acción diferida y autorización de empleo de dos a tres años, y le permite ser considerado a DACA si:

– Usted entró a Estados Unidos antes de cumplir 16 años de edad;
– Ha residido continuamente en Estados Unidos desde por lo menos el 1 de enero de 2010, a diferencia del requisito anterior que era al 15 de junio de 2007.
– Tiene cualquier edad (elimina el requisito de haber nacido a partir del 15 de junio de 1981); y
– Cumple con todos los demás requisitos de DACA.

«Gracias a la acción ejecutiva del presidente Obama el programa DACA se ha expandido para la juventud indocumentada para que los jóvenes puedan obtener un permiso de trabajo de hasta tres años en lugar de dos años e incluye a todos los que llegaron antes de cumplir 16 años sin importar la edad que tienen ahora. Estas son muy buenas noticias», declara Florida New Americans.

Ver los detalles de cómo inscribirse aquí: http://www.uscis.gov/es/accionmigratoria

Pelea legal
Estos decretos presidenciales están actualmente bajo una demanda sometida por el estado de Texas para anularlos, pero cuentan con amplio apoyo, incluso de 33 alcaldes de ciudades de distintas partes del país que sometieron una moción de soporte al programa para respaldarlo ante la corte donde se litiga, dejando claro cómo les afectaría de forma positiva su implementación, informó el American Immigration Council desde su central en Washington, DC.

¿Qué es la acción diferida?
Con la acción diferida, el gobierno no va a poner en procedimientos de deportación a las personas que cumplan con ciertos requisitos. Esto es como si el gobierno dijera: «Sabemos que usted está en el país
sin permiso o sin estatus de inmigración legal, y nosotros podemos deportarlo, pero vamos a diferir cualquier acción de deportación contra usted”. Recibir acción diferida no quiere decir que la persona tiene estatus de inmigración legal, una visa ni una tarjeta de residencia. La acción diferida tampoco es un camino a la ciudadanía. Sin embargo, una persona con acción diferida está protegida de la deportación temporalmente y es elegible para un permiso de trabajo.

¿Cuáles son estos programas?

DACA y DAPA son programas de inmigración que permiten a personas que cumplen con los requisitos permanecer en los Estados Unidos y obtener un permiso para trabajar durante tres años.

Actualmente el gobierno no está aceptando solicitudes. El gobierno
espera comenzar a aceptar solicitudes en aproximadamente 180 días (es decir, el 20 de mayo del 2015). Pero ya se anunció que para el DACA aceptan desde el 18 de febrero de 2015.

Sin embargo, puedes empezar a colectar los siguientes documentos ahorita porque posiblemente tendrá que comprobar su:

1- Identidad o acta de nacimiento más identificación (ID) con foto. Pasaporte, identificación escolar o militar, documento de identidad de
su país como Matrícula Consular o cualquier documento de los Estados Unidos que tenga su nombre y foto, como licencia de conducir o ID.

2- Entrada a los Estados Unidos antes de cierta fecha o expediente inmigratorio o documentos de inmigración con su fecha de entrada, pasaporte con estampilla o tarjeta de llegada (Formularios I-94/ I-95/ I-94W), o registros de viaje o también puede usar expediente médico (incluyendo registro de vacunas) o escolar.

3- Presencia y residencia en los Estados Unidos desde cierta fecha o pruebas de las fechas y domicilios donde ha vivido desde que llegó o puede usar su expediente inmigratorio, gubernamental, escolar, médico, militar, de empleos, organizaciones religiosas o comunitarias, pólizas de aseguranza, declaraciones de impuestos (taxes), etc., o recibos de cuenta bancaria, tarjeta de crédito, remesas, giros/money orders, alquiler, hipotecas, escrituras, luz, agua, teléfono, membresía en algún club, etc.

4- Declaraciones de Impuestos (Taxes) o si no tiene copias de sus declaraciones pasadas, llamar al IRS (Internal Revenue Service) al
1-800-908-9946 para ordenarlas gratis o si no ha declarado sus impuestos, pida un número ITIN (Individual Taxpayer Identification Number) al 1-800-829-1040 y declárelos.
.
5- Historial de Empleo o escriba fechas, nombres, y direcciones de
empresas donde ha trabajado.

6- Posible requisito de saber inglés o pueda que se requiera un curso o examen básico de inglés.

7- Costo de solicitud o empiece a ahorrar dinero para la solicitud, o
también ahorre dinero por si necesita un abogado.

8- Archivar documentos o apuntar toda esta información en un cuaderno, mantenga los documentos originales, y guárdelos en un lugar seguro.

Protéjase del fraude
El abogado que le ayude debe tener un título de la barra de abogados de algún estado (Colegio de Abogados – Bar Association). No le crea a alguien que le diga que ya hay un nuevo programa de inmigración. No confíe en alguien que le diga que le puede garantizar un permiso de trabajo, una visa o una tarjeta de residencia/mica. Si sospecha de fraude, repórtelo a su consulado o a la policía.

Vea aquí los requisitos y condiciones de elegibilidad para el DAPA.

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