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EB-1 cuenta con 40.040 visas de inmigrante al año
Green card para trabajadores prioritarios
Inmigrar
definitivamente a Estados Unidos para vivir y trabajar legalmente es una posibilidad
si se toma la ruta de obtención de la green card basada en empleo,
y los trabajadores prioritarios van en la punta de los extranjeros deseados. La
ruta denominada EB-1 tiene tres subcategorías. La primera incluye a extranjeros
con habilidades "extraordinarias" en las ciencias, artes, educación,
negocios o deportes. La segunda a extranjeros que sean profesores o investigadores
destacados y la tercera a gerentes y ejecutivos sujetos a ser transferidos de
una empresa internacional a una que sea su sucursal o filial en Estados Unidos.
Está bajo la clasificación de priority workers EB-1 o trabajadores
prioritarios, porque su mano de obra escasea en EEUU.
Las
habilidades extraordinarias, explica el US Citizenship and Immigration Services
(USCIS), deben haber sido demostradas por medio de aclamación sustentada
nacional e internacionalmente y sus logros deben haber sido reconocidos en su
campo a través de documentación extensa.
"Usted
debe ser uno de ese pequeño porcentaje que se ha alzado hasta el tope en
su campo para que se le pueda otorgar esta clasificación. Por ejemplo,
si ha recibido un premio internacionalmente reconocido, como el Premio Nobel,
usted calificará para la clasificación EB-1", explica el USCIS,
entidad que aclara que si el extranjero ha sido laureado con otros premios de
esta elevada talla también es elegible si puede documentar que se encuentran
en ese nivel.
Entendiéndose
que muy pocos trabajadores reciben un Nobel, la prueba para verificar que el extranjero
anda en las cumbres de los muy sobresalientes es cumplir con tres de los siguientes
requerimientos:
1-
Recibo de premios de menor envergadura que el Nobel por excelencia en su campo
reconocidos nacional o internacionalmente.
2- Membresía en asociaciones
en su campo que demanden logros sobresalientes de sus miembros.
3-
Material publicado sobre el extranjero en publicaciones profesionales o especializadas
o en otros medios de comunicación masivos.
4- Evidencia de que
el extranjero ha juzgado el trabajo de otros, ya sea de forma individual o en
un panel (que haya sido jurado).
5- Evidencia de que las contribuciones
originales del extranjero, ya sean científicas, educativas, artísticas,
atléticas o relacionadas con los negocios han sido altamente significativas
para el campo respectivo.
6- Evidencia de la autoría del extranjero
de artículos educativos (que reflejen su experticia) publicados en medios
profesionales, especializados o de comunicación masiva.
7- Evidencia
de que el trabajo del extranjero ha sido exhibido en exposiciones de artes o especializadas
en otros campos.
8- Ejecución de un rol de liderazgo o crítico
en organizaciones distinguidas.
9- Evidencia de que el extranjero requiere
(ha percibido) un salario alto u otra remuneración significativamente alta
en relación con otros en su campo.
10- Evidencia de éxitos
comerciales en las artes.
En
cuanto a los profesores o investigadores destacados, dice el USCIS que
deben ser reconocidos internacionalmente por sus sobresalientes logros académicos
en un campo particular. Adicionalmente, deben tener al menos tres años
de experiencia en la enseñanza o investigación en su área
académica y entrar a Estados Unidos para ocupar una posición similar
en una universidad u otra institución de educación superior. Si
el empleador es una compañía privada, el departamento, división
o instituto de esa empresa debe emplear al menos a tres personas tiempo completo
en actividades de investigación y haber alcanzado logros documentados en
ese campo académico.
Para
probar que un profesor o investigador es reconocido como sobresaliente en su campo
académico se debe incluir documentación completa de dos de los siguientes
requerimientos:
1-
Recibo de premios importantes por logros sobresalientes.
2- Membresía
en asociaciones que requieran que sus miembros demuestren logros sobresalientes.
3- Material publicado en medios profesionales (especializados), escrito
por otros, sobre el trabajo del extranjero en el campo académico.
4-
Participación, en un panel o individualmente, como jurado del trabajo de
otros en su propio campo académico o uno relacionado.
5- Contribuciones
originales científicas o educativas en la investigación en su campo.
6- Autoría de libros o artículos educativos (artículos
publicados en publicaciones especializadas de circulación internacional)
en su campo.
Los
ejecutivos y gerentes multinacionales son elegibles si han estado empleados
fuera de Estados Unidos por lo menos durante un año, en los tres años
precedentes a la petición migratoria, por una firma o corporación
y desean entrar a Estados Unidos para continuar el servicio para esa firma. Es
crucial que el cargo ocupado haya sido de carácter gerencial o ejecutivo
y con el mismo empleador, afiliado o subsidiaria de la empresa empleadora. La
empresa que pide al extranjero debe ser una firma estadounidense que haya estado
funcionando al menos un año, que sea afiliada, subsidiaria o la misma firma
empleadora, corporación o entidad legal que empleó al extranjero
en el exterior.
Esta
primera preferencia, EB-1, no requiere certificación
laboral y la petición se hace directamente con el USCIS mediante
la forma I-140 (en el Centro de Servicio correspondiente). "Mientras
que el trabajador EB-1 de habilidad extraordinaria puede pedirse a sí mismo
o misma, el empleador deberá someter una petición por un profesor
o investigador sobresaliente y por un ejecutivo o gerente multinacional",
afirma la agencia federal. Quiere decir que en el primer
caso la persona se patrocina a sí misma directamente y en los otros dos
sí se requiere a una empresa "sponsor".
A
este grupo le corresponden 40.040 visas de inmigrante cada año.
Fuente:
USCIS & Department of State Visa Services
Foto: Archivo
Julio
2018
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