Categoría EB-1 cuenta con 40.040 visas de inmigrante al
año
Residencia para trabajadores prioritarios
Inmigrar
definitivamente a Estados Unidos para vivir y trabajar legalmente
es una posibilidad si se toma la ruta de obtención de la
green card basada en empleo, y los trabajadores prioritarios
van en la punta de los extranjeros deseados. La ruta denominada
EB-1 tiene tres subcategorías. La primera incluye a extranjeros
con habilidades "extraordinarias" en las ciencias, artes,
educación, negocios o deportes. La segunda a extranjeros
que sean profesores o investigadores destacados y la tercera a
gerentes y ejecutivos sujetos a ser transferidos de una empresa
internacional a una que sea su sucursal o filial en Estados Unidos.
Está bajo la clasificación de priority workers
EB-1 o trabajadores prioritarios, porque su mano de obra escasea
en EEUU.
Las habilidades
extraordinarias, explica el US Citizenship and Immigration Services
(USCIS), deben haber sido demostradas por medio de aclamación
sustentada nacional e internacionalmente y sus logros deben haber
sido reconocidos en su campo a través de documentación
extensa.
"Usted
debe ser uno de ese pequeño porcentaje que se ha alzado
hasta el tope en su campo para que se le pueda otorgar esta clasificación.
Por ejemplo, si ha recibido un premio internacionalmente reconocido,
como el Premio Nobel, usted calificará para la clasificación
EB-1", explica el USCIS, entidad que aclara que si el extranjero
ha sido laureado con otros premios de esta elevada talla también
es elegible si puede documentar que se encuentran en ese nivel.
Entendiéndose
que muy pocos trabajadores reciben un Nobel, la prueba para verificar
que el extranjero anda en las cumbres de los muy sobresalientes
es cumplir con tres de los siguientes requerimientos:
1-
Recibo de premios de menor envergadura que el Nobel por excelencia
en su campo reconocidos nacional o internacionalmente.
2- Membresía en asociaciones en su campo que demanden
logros sobresalientes de sus miembros.
3- Material publicado sobre el extranjero en publicaciones
profesionales o especializadas o en otros medios de comunicación
masivos.
4- Evidencia de que el extranjero ha juzgado el trabajo
de otros, ya sea de forma individual o en un panel (que haya sido
jurado).
5- Evidencia de que las contribuciones originales del extranjero,
ya sean científicas, educativas, artísticas, atléticas
o relacionadas con los negocios han sido altamente significativas
para el campo respectivo.
6- Evidencia de la autoría del extranjero de artículos
educativos (que reflejen su experticia) publicados en medios profesionales,
especializados o de comunicación masiva.
7- Evidencia de que el trabajo del extranjero ha sido exhibido
en exposiciones de artes o especializadas en otros campos.
8- Ejecución de un rol de liderazgo o crítico
en organizaciones distinguidas.
9- Evidencia de que el extranjero requiere (ha percibido)
un salario alto u otra remuneración significativamente
alta en relación con otros en su campo.
10- Evidencia de éxitos comerciales en las artes.
En cuanto
a los profesores o investigadores destacados, dice el USCIS
que deben ser reconocidos internacionalmente por sus sobresalientes
logros académicos en un campo particular. Adicionalmente,
deben tener al menos tres años de experiencia en la enseñanza
o investigación en su área académica y entrar
a Estados Unidos para ocupar una posición similar en una
universidad u otra institución de educación superior.
Si el empleador es una compañía privada, el departamento,
división o instituto de esa empresa debe emplear al menos
a tres personas tiempo completo en actividades de investigación
y haber alcanzado logros documentados en ese campo académico.
Para probar
que un profesor o investigador es reconocido como sobresaliente
en su campo académico se debe incluir documentación
completa de dos de los siguientes requerimientos:
1- Recibo
de premios importantes por logros sobresalientes.
2- Membresía en asociaciones que requieran que sus
miembros demuestren logros sobresalientes.
3- Material publicado en medios profesionales (especializados),
escrito por otros, sobre el trabajo del extranjero en el campo
académico.
4- Participación, en un panel o individualmente,
como jurado del trabajo de otros en su propio campo académico
o uno relacionado.
5- Contribuciones originales científicas o educativas
en la investigación en su campo.
6- Autoría de libros o artículos educativos
(artículos publicados en publicaciones especializadas de
circulación internacional) en su campo.
Los ejecutivos
y gerentes multinacionales son elegibles si han estado empleados
fuera de Estados Unidos por lo menos durante un año, en
los tres años precedentes a la petición migratoria,
por una firma o corporación y desean entrar a Estados Unidos
para continuar el servicio para esa firma. Es crucial que el cargo
ocupado haya sido de carácter gerencial o ejecutivo y con
el mismo empleador, afiliado o subsidiaria de la empresa empleadora.
La empresa que pide al extranjero debe ser una firma estadounidense
que haya estado funcionando al menos un año, que sea afiliada,
subsidiaria o la misma firma empleadora, corporación o
entidad legal que empleó al extranjero en el exterior.
Esta
primera preferencia, EB-1, no requiere certificación
laboral y la petición se hace directamente con el
USCIS mediante la forma I-140 (en el Centro de Servicio
correspondiente). "Mientras que el trabajador EB-1 de
habilidad extraordinaria puede pedirse a sí mismo o misma,
el empleador deberá someter una petición por un
profesor o investigador sobresaliente y por un ejecutivo o gerente
multinacional", afirma la agencia federal. Quiere
decir que en el primer caso la persona se patrocina a sí
misma directamente y en los otros dos sí se requiere a
una empresa "sponsor".
A este grupo
le corresponden 40.040 visas de inmigrante cada año.
Fuente: USCIS
& Department of State Visa Services
Foto: Archivo
